¿Quién es el propietario de los datos de una investigación?

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24 de septiembre 2019

Bajo este título de «Who owns the data?’; Esomar ha publicado en 2018 un informe presentando los resultados del estudio Estate of the data economy. Esta investigación fue encargada por Esomar tras los escándalos de Facebook y Cambridge Analytica y recoge las opiniones de los gerentes de departamentos de Informática (IT), Marketing y Publicidad en USA, UK e India.

Algunos resultados del estudio pueden resultar sorprendentes. Por una parte, queda reflejado el creciente interés de los gerentes por los datos y la relevancia dada a su gestión:

  • El 86 % consideran que la recogida de datos es importante para el crecimiento de su negocio.
  • Dos tercios creen que los datos son necesarios para obtener ventajas competitivas.
  • Más del 70 % considera que entender los datos es más importante que recogerlos.

Uno de los temas que llama la atención es la relevancia que toman los departamentos de informática (IT) en las organizaciones:

  • Un tercio de los entrevistados considera que la responsabilidad sobre los datos recae en el jefe del departamento de IT.
  • Para un 38%, el responsable de IT es el que decide sobre la plataforma tecnológica y sistemas para recoger datos.

En este informe, Esomar también plantea dos cuestiones críticas: ¿Son los gerentes de IT suficientemente conscientes de las exigencias legales y éticas? Y, sobre todo, ¿tienen suficiente experiencia en investigación como para poder integrar «la voz del consumidor» en las decisiones de gestión?

Pero el dato más sorprendente  (y también preocupante) del estudio es el relativo a la propiedad de los datos: el 68% de los encuestados creen que una vez recogidos, la propiedad sobre los datos es de la empresa. Y esto es totalmente incorrecto.

La propiedad de los datos siempre es del individuo, pero solo un 32% de los managers entrevistados son conscientes de esta realidad. Desde el punto de vista legal, no hay ninguna duda. El Reglamento de Protección de Datos de la Unión Europea (GDPR) fue creado para salvaguardar todos los derechos de los interesaros respecto a sus datos: acceso, rectificación, supresión/cancelación, derecho al olvido, portabilidad, oposición y limitación del tratamiento. Es decir, reconocer su propiedad y garantizar sus derechos y libertades.

Sin duda, estos resultados deberían preocupar seriamente a los gerentes de los departamentos de Compliance y, en general, a todo el sector. Es esencial aplicar y divulgar los códigos de conducta y la legislación, desarrollando en todas nuestras empresas una «cultura de privacidad’.

Fuente: AEDEMO

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